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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/11/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 37. Demanda 1.448 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>267</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 370 
 Demanda 1.448 de 2009 
  Doña Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.448 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Isabel Rivas Sánchez, doña María Rosa Valdehermoso Antúnez, doña Antonia Hernández López, doña Laura Hernando Láinez y doña Ana Belén Egido López, contra la empresa “Manipulados SP, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 374 de 2010
  En Madrid, a 28 de septiembre de 2010..Don Marcos Ramos Valles, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 37 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandantes, doña Ana Isabel Rivas Sánchez, doña María Rosa Valdehermoso Antúnez, doña Antonia Hernández López, doña Laura Hernando Láinez y doña Ana Belén Egido López y de otra, como demandados, “Manipulados SP, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia.
  Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,
  Fallo
  Que estimando la demanda formulada por doña Ana Laura Hernando Láinez y doña María Rosa Valdehermoso Antúnez, frente a “Manipulados SP, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a las actoras las cantidades que a continuación se indican, incrementadas con el interés moratorio del 10 por 100.
  A doña Laura Hernado Láinez, 1.537,60 euros.
  A doña María Rosa Valdehermoso Antúnez, 1.613,57 euros.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Manipulados SP, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente en Madrid, a 28 de septiembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/39.506/10)</texto>
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