<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20101108-326</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/11/08</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 29. Ejecución 135 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>18</pagina_inicial>
    <pagina_final>18</pagina_final>
    <diario_numero>267</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-11-08-267251020100238</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/08/BOCM-20101108-326.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/08/BOCM-20101108-326.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/08/BOCM-20101108-326.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 326 
 Ejecución 135 de 2010 
  Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 135 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Aránzazu Checa Álvaro, contra la empresa “Alder Dermatología y Alergia, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado las siguientes resoluciones:
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución del auto de extinción de la relación laboral de fecha 28 de mayo de 2010 por importe de 12.313,06 euros en concepto de principal, más las cantidades de 768,78 euros y 1.231,31 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas, a favor de la parte ejecutante, doña Aránzazu Checa Álvaro, frente a “Alder Dermatología y Alergia, Sociedad Limitada”.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto.
  Así lo mando y firmo.
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución del auto de extinción de la relación laboral de fecha 28 de mayo de 2010 por importe de 12.313,06 euros en concepto de principal, más las cantidades de 768,78 euros y 1.231,31 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas, a favor de la parte ejecutante, doña Aránzazu Checa Álvaro, frente a “Alder Dermatología y Alergia, Sociedad Limitada”.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Alder Dermatología y Alergia, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 7 de septiembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/39.475/10)</texto>
</documento>