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    <fecha_publicacion>2010/11/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 8. Demanda 1.470 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>267</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 190 
 Demanda 1.470 de 2009 
  Doña Enriqueta Salvador Fernández, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.470 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Cañas Rodríguez, contra la empresa “IG Investiga Estudios de Opinión y Mercado, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente
  Providencia
  Constatado en el presente procedimiento la existencia de un error informático a la hora de la transcripción de la sentencia recaída en los autos de referencia  y que podría ocasionar una nulidad de las actuaciones, es por lo que de conformidad con lo preceptuado en el artículo 240.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial se concede a las partes en un plazo de cinco días para que efectúen las alegaciones que estimen convenientes en relación con dicha posible nulidad.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “IG Investiga Estudios de Opinión y Mercado, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 11 de octubre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/39.604/10)</texto>
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