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    <fecha_publicacion>2010/11/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid. Sección Novena. Procedimiento ordinario 748 de 2006</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID 
 Sección Novena de lo Civil
 EDICTO
 
 88 
 Procedimiento ordinario 748 de 2006 
  Doña Carmen Valbuena Hernández, secretaria de la Sección Novena de lo Civil de la Audiencia Provincial de Madrid.
  Certifico: Que en el rollo de Sala número 695 de 2009, dimanante de los autos de que se hará mérito, se ha dictado por la Sección Novena de lo Civil de esta Audiencia Provincial sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva dice así:
  Sentencia
  Ilustrísimos señores magistrados: don José Luis Durán Berrocal, don Juan Ángel ­Moreno García, don José María Pereda Laredo..En Madrid, a 27 de septiembre de 2010.
  Vistos en grado de apelación ante esta Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, los autos de procedimiento ordinario número 748 de 2006, procedentes del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Alcobendas, a los que ha correspondido el rollo número 695 de 2009, en los que aparecen como partes: de una, como demandantes y hoy apelantes, doña Emiliana Jiménez Manzano, don Juan Carlos González Jiménez y don David González Jiménez, representados por el procurador don José Ángel Donaire ­Gómez, y de otra, como demandados y hoy apelados, don Humberto Dávila Torre y don Humberto Dávila, ambos en situación procesal de rebeldía, sobre legitimación apreciación de oficio, siendo magistrado ponente el ilustrísimo señor don Juan Ángel Moreno García.
  Fallamos
  Estimando la falta de legitimación pasiva de los demandados don Huberto Dávila ­Torres y don Huberto Dávila, se desestima el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de doña Emilia Jiménez Manzano, don Juan Carlos y don David González Jiménez, contra la sentencia dictada por la ilustrísima magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Alcobendas en fecha 16 de diciembre de 2008.  Todo ello con imposición de las costas de esta alzada a la parte apelante.
  Así, por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al rollo de Sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Haciéndose saber que contra la misma no cabe recurso alguno.
  Publicación
  Doña Carmen Valbuena Hernández, secretaria de la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid (rubricado).
  Y para que conste y su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que sirva de notificación de la sentencia transcrita a don Humberto Dávila Torre y don Humberto Dávila, ambos en situación procesal de rebeldía y en paradero desconocido, expido y firmo la presente en Madrid, a 30 de septiembre de 2010..La secretaria  judicial (firmado).
  (03/39.129/10)</texto>
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