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    <fecha_publicacion>2010/11/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 30. Ejecución 244 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>265</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 167 
 Ejecución 244 de 2010 
  Doña María Dolores Gómez Collados, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 244 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos Coronel Martínez, contra la empresa “Jamón por Dos, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado auto y decreto de fecha 24 de septiembre de 2010, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por don Carlos Coronel Martínez, contra “Jamón por Dos, Sociedad Limitada”, por un importe de 1.180,28 euros de principal, más 177,04 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnarla: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por el ejecutado en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal.)
  Así por este auto lo pronuncia, manda y firma..El magistrado-juez de lo social, José Ángel Folguera Crespo.
  Dispongo:
  a)  Proceder a la acumulación de la presente ejecución número 244 de 2010 a la Ejecución número 242 de 2010, que se siguen contra la misma deudora (número este último con el que se tramitarán en adelante), siguiéndose por un principal de 7.214,89 euros, más 1.082,23 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas.
  b)  Trabar embargo sobre los bienes de la demandada.
  c)  A tal fin se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto” con número 2803/0000/64/0236/10, entidad 0030, agencia 1143, sita en calle Orense, número 19, de Madrid.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, notificación que a la demandada se realizará de forma edictal en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso directo de revisión en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación, ante el magistrado-juez de lo social, de conformidad con lo establecido en los artículos 184 y 185 de la Ley de Procedimiento Laboral, en relación con el artículo 511.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y adviértase a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones procesales dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.
  Así lo acuerdo y firmo..La secretaria judicial (firmado).
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Jamón por Dos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente edicto de notificación para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado e inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 24 de septiembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/39.498/10)</texto>
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