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    <fecha_publicacion>2010/11/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 32. Demanda 304 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>264</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 335 
 Demanda 304 de 2010 
  Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 304 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Tomás Núñez Sancho y don Juan Ignacio Pérez Peñamaría García, contra la empresa “Lift Systems de Accesorios Musicales, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  En Madrid, a 27 de septiembre de 2010.
  Dispongo: Estimo parcialmente la aclaración solicitada, debiendo sustituirse el fallo de la sentencia de este procedimiento de 15 de julio de 2010, por el que se sigue
  «Fallo
  Que estimo la demanda de despido de don Tomás Núñez Sancho y don Juan Ignacio Pérez Peñamaría García, contra “Lift Systems de Accesorios Musicales, Sociedad Limitada Unipersonal”, y declaro el mismo improcedente, y extinguida la relación laboral, condenando a la demandada que abone al demandante don Tomás Núñez Sancho 29.529,36 euros en concepto de indemnización y 9.667,04 euros en concepto de salarios de tramitación, y al demandante don Juan Ignacio Pérez Peñamaría García otros 16.834,04 euros en concepto de indemnización y 6.732,45 euros en concepto de salarios de tramitación. Absuelvo al Fondo de Garantía Salarial.»
  Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que, en su caso, se formule contra la sentencia.
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo..El magistrado-juez de lo social (firmado).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Lift Systems de Accesorios Musicales, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 27 de septiembre de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/39.188/10)</texto>
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