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    <titulo>Madrid número 28. Demanda 1.063 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>264</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 318 
 Demanda 1.063 de 2009 
  Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.063 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Laura Peinado del Pino, contra la empresa “Ningirsu, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado auto de fecha 1 de octubre de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Auto
  En Madrid, a 1 de octubre de 2010.
  Dispongo: Vistos los preceptos citados y demás de aplicación, su señoría, ante mí dijo, que debía dar traslado a las partes en los presentes autos a los efectos prevenidos en el artículo 240.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en relación con la inadmisión de la ejecución de la sentencia de despido por transcurso del plazo para instarla, habiendo apreciado de oficio la prescripción.
  Notifíquese a las partes la presente resolución, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación al amparo de lo dispuesto en el artículo 189.2 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Así por este mi auto lo pronuncio, mando y firmo..La magistrada-juez de lo social, Begoña García Álvarez.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ningirsu, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 1 de octubre de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/39.226/10)</texto>
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