<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20101104-312</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/11/04</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 26. Ejecución 265 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>15</pagina_inicial>
    <pagina_final>15</pagina_final>
    <diario_numero>264</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-11-04-264211020100511</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/04/BOCM-20101104-312.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/04/BOCM-20101104-312.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/04/BOCM-20101104-312.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 312 
 Ejecución 265 de 2010 
  Doña Ángela Pardo Crespo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 265 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Roberto Márquez del Pozo, contra la empresa “Tecoyman, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado auto y decreto de fecha 24 de septiembre de 2010, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
  Auto
  En Madrid, a 24 de septiembre de 2010.
  Parte dispositiva:
  a)  Despachar la ejecución solicitada por don Roberto Márquez del Pozo, contra “Tecoyman, Sociedad Limitada”, por un principal de 4.973,32 euros, más otros 298 euros y 497 euros presupuestados para costas e intereses calculados provisionalmente.
  b)  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten.
  c)  Ofíciese al Juzgado de lo social número 2 de Madrid a fin de que aporte testimonio del auto de insolvencia dictado contra la demandada “Tecoyman, Sociedad Limitada”, en el procedimiento de demanda número 305 de 2009, ejecución número 140 de 2009.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
  Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo..La magistrada-juez de lo social, María Henar Merino Senovilla.
  Decreto
  Secretaria judicial, doña Ángela Pardo Crespo..En Madrid, a 24 de septiembre de 2010.
  Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
  Parte dispositiva:
  Acuerdo:
  1.  Despachar la ejecución solicitada por don Ahmed Pani, contra “Tecoyman, Sociedad Limitada”, por un principal de 4.716,32 euros, más otros 283 euros y 472 euros en concepto de intereses y costas calculados provisionalmente.
  2.  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes suceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas actuaciones se practicarán en los estrados del Juzgado, salvo la que ponga fin al procedimiento.
  Notifíquese la presente resolución.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Tecoyman, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 24 de septiembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/39.206/10)</texto>
</documento>