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    <fecha_publicacion>2010/11/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Parla. Régimen económico. Modificación ordenanzas fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>263</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Parla</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE PARLA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 132 
 Modificación ordenanzas fiscales 
  Ha sido aprobada inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, y de forma definitiva para el caso de que no se presenten reclamaciones durante el plazo de exposición al público, en sesión celebrada el día 28 de octubre de 2010, la modificación de las siguientes ordenanzas fiscales para el año 2011:
  .	Ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección: se añade el punto 8 al artículo 73, incorporando el calendario fiscal y se modifica la disposición final segunda.
  .	Ordenanza fiscal reguladora del sistema de pagos fraccionados de recibos de vencimiento periódico mediante cuenta corriente: se modifican los artículos 3 y 4 y la disposición final, y se añade una disposición transitoria.
  .	Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles: se modifica el artículo 4 y la disposición final.
  .	Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: se modifica el artículo 10 y la disposición final.
  .	Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras: se modifica el punto 4 del artículo 1 y la disposición final.
  .	Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de servicios y realización de la actividad de expedición de licencias de apertura de establecimientos que pasa a denominarse ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de actividades administrativas y técnicas de control, supervisión y verificación de licencias, comunicaciones previas y declaraciones responsables con motivo de la apertura de establecimientos.
  .	Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la expedición de documentos administrativos: se modifica el punto 1 del artículo 6 y la disposición final.
  .	Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del transporte urbano: se modifica el epígrafe 5.5 del apartado 2, del artículo 5 y la disposición final.
  .	Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local: se modifica el artículo 14 con la supresión de los grupos 2 y 3 y de la disposición final.
  .	Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de los servicios de atención domiciliaria: se actualiza la renta per cápita.
  .	Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local por las empresas explotadoras de servicios de telefonía móvil: se modifican los artículos 6, 7 y 8 y la disposición final y se anula la disposición transitoria.
  Se pone de manifiesto, y de conformidad con el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que el expediente de aprobación y modificación de las mismas se expondrá en el tablón de anuncios de esta entidad durante el plazo de treinta días, a contar desde la fecha de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dentro de los cuales se podrá examinar el mismo por los interesados y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, considerándose definitivos dichos acuerdos en el supuesto de que no se presentase ninguna durante tal período.
  Lo que se anuncia al público para general conocimiento.
  Parla, a 29 de octubre de 2010..La concejala-delegada del Área de Patrimonio y Hacienda, Rosa Isabel Fernández Jordá.
  (03/41.358/10)</texto>
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