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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Educación</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/10/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>Registro telemático
– Resolución de 4 de octubre de 2010, de la Directora General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Educación para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación del expediente del procedimiento administrativo llamado “Devolución de precios públicos por el pago en las matriculaciones de los centros docentes públicos de enseñanzas de régimen especial”</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>259</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 
 
 19 
 Resolución de 4 de octubre de 2010, de la Directora General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Educación para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación del expediente del procedimiento administrativo llamado “Devolución de precios públicos por el pago en las matriculaciones de los centros docentes públicos de enseñanzas de régimen especial”. 
  De acuerdo con lo señalado en el artículo 10.1 del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula la utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración de la Comunidad de Madrid, que establece que tras la entrada en vigor de este Decreto podrán habilitarse los Registros Telemáticos para la recepción o salida de solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a otros procedimientos y trámites, mediante resolución del órgano, organismo o entidad que tenga atribuida la competencia para resolver el procedimiento, previos informes de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano y del Organismo Autónomo Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid.
  Asimismo, y de acuerdo con el criterio 14.h) del Decreto 85/2002, de 23 de mayo, por el que se regulan los sistemas de evaluación de la calidad de los servicios públicos y se aprueban los Criterios de Calidad de la Actuación Administrativa en la Comunidad de Madrid,
  DISPONGO
  Primero
  Habilitación Registro Telemático
  Habilitar al Registro Telemático de la Consejería de Educación para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación del expediente del procedimiento denominado “Devolución de precios públicos por el pago en las matriculaciones de los centros docentes públicos de enseñanzas de régimen especial”.
  La inclusión en el Anexo I del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, del procedimiento “Devolución de precios públicos por el pago en las matriculaciones de los centros docentes públicos de enseñanzas de régimen especial”, que deberá entenderse modificado en lo relativo a este procedimiento en el texto del último párrafo de la relación de procedimientos adscritos a la Consejería de Educación. Siendo de aplicación el siguiente:
  “Trámites susceptibles de realización ante el Registro Telemático:
  Todos aquellos que en el momento de la presentación de la solicitud de inicio del procedimiento se encuentren en situación de operativos en la Comunidad de Madrid de acuerdo con lo establecido en la página web www.madrid.org”.
  Segundo
  Publicación de impresos
  Que se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID los modelos de solicitudes que se adjuntan como Anexo I y II, a los efectos regulados en el artículo 35.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.
  Madrid, a 4 de octubre de 2010..La Directora General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales, María José García-Patrón Alcázar.
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  (03/39.888/10)</texto>
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