<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20101028-51</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>NAVACERRADA</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/10/28</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Navacerrada. Régimen económico. Aprobación inicial expediente modificación créditos modalidad créditos extraordinarios</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>4</pagina_inicial>
    <pagina_final>4</pagina_final>
    <diario_numero>258</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-10-28271020100087</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/10/28/BOCM-20101028-51.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/10/28/BOCM-20101028-51.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/10/28/BOCM-20101028-51.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>NAVACERRADA</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 51 
 Aprobación inicial expediente modificación créditos modalidad créditos extraordinarios 
  El Pleno del Ayuntamiento de Navacerrada, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de octubre, acordó la aprobación inicial del expediente de moficación de créditos en la modalidad de créditos extraordinario financiado mediante anulaciones o bajas de créditos de otras partidas, con el siguiente resumen por capítulos:
   							Ver en documento PDF 						 
  Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  Navacerrada, a 26 de octubre de 2010..El alcalde, Pablo Jorge Herrero.
  (03/40.889/10)</texto>
</documento>