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    <fecha_publicacion>2010/10/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 20. Demanda 779 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 219 
 Demanda 779 de 2009 
  Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 779 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Novo Lozano, contra la empresa “Exportec Informática, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia:
  Sentencia número 507 de 2010
  En Madrid, a 27 de septiembre de 2010..Vistos por la ilustrísima doña Teresa Orellana Carrasco, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 20 de Madrid, los presentes autos sobre ordinario, seguidos en el número 779 de 2009, entre partes: de una, y como demandada, doña María Novo Lozano, y de otra, como demandadas, las empresas “Exportec Informática, Sociedad Anónima”, “Grupo Astunosa, Sociedad Anónima”, y la administración concursal de la empresa “Exportec Informática, Sociedad Anónima”, y siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen pese a estar citados en legal forma.
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por la demandante doña María Novo Lozano, contra la empresa “Exportec Informática, Sociedad Anónima”, y la administración concursal de la empresa “Exportec Informática, Sociedad Anónima”, y siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen pese a estar citados en legal forma, debo condenar y condeno a la demandada empresa “Exportec Informática, Sociedad Anónima” a abonar a la actora la suma de 3.600 euros, más el 10 por 100 de interés de mora.
  En cuanto al Fondo de Garantía Salarial y la administración concursal de la empresa “Exportec Informática, Sociedad Anónima”, habrán de estar y pasar por esta declaración.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Exportec Informática, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 30 de septiembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/38.392/10)</texto>
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