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    <titulo>Madrid número 4. Ejecución 107 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>258</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 125 
 Ejecución 107 de 2009 
  Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 107 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Gonzalo Pullupaxi Maigua y don José Gerardo Auqui, contra don Héctor Aníbal Raimundo Topón, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Decreto
  Secretaria judicial, doña Carmen Cima Sainz..En Madrid, a 29 de septiembre de 2010.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Alzar y dejar sin efecto el embargo decretado en este proceso sobre los bienes que han sido objeto de subasta y que se han reseñado en el tercer antecedente de hecho de esta resolución.
  Líbrese directamente y de oficio mandamiento por duplicado al Registro de Bienes Muebles Provincial correspondiente a fin de que practique el asiento que corresponda en relación a la cancelación o levantamiento de la traba acordado sobre el bien embargado, haciéndose constar en el mandamiento los requisitos legales, en especial, cuando lo sea, la firmeza de la presente resolución y debiéndose devolver un ejemplar debidamente cumplimentado con nota expresa de haberlo efectuado.
  Comuníquese el alzamiento del embargo a la Policía Municipal de Madrid, una vez sea firme esta resolución, a fin de que proceda a cancelar el depósito sobre el vehículo a que se refiere el tercer antecedente de hecho de esta resolución.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” número 2502 de “Banesto”, calle Orense, número 19, de Madrid, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Héctor Aníbal Raimundo Topón, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 30 de septiembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/38.697/10)</texto>
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