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    <fecha_publicacion>2010/10/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Nuevo Baztán. Organización y funcionamiento. Sustitución ausencia Alcaldía</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>253</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>NUEVO BAZTÁN</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE NUEVO BAZTÁN 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 96 
 Sustitución ausencia Alcaldía 
  Se hace pública la resolución de Alcaldía número 665/10.
  Considerando que esta Alcaldía va a ausentarse del término municipal por disfrute de vacaciones.
  En virtud de lo preceptuado en los artículos 44.1 y 2, 47 y 48 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por razón de disfrute de período vacacional, y de conformidad con el informe de Secretaría número 117/10, resuelvo:
  Primero..Que todas las facultades inherentes a esta Alcaldía sean asumidas por el primer teniente de alcalde don Manuel Peinado Valderas, en el período comprendido entre las ocho horas del día 5 de octubre de 2010 y las ocho horas del día 7 de octubre de 2010.
  Segundo..Del presente decreto se dará cuenta al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que se celebre y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios.
  Tercero..Que se notifique a los interesados.
  Asimismo, se comunica que esta resolución es un acto administrativo definitivo y contra el mismo podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a la recepción de la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 113.4, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
  En Nuevo Baztán, a 29 de septiembre de 2010..La secretaria (a efectos de fe pública), Teresa Herrero Hernández..La alcaldesa, Mercedes Iglesias Gómez.
  (03/38.214/10)</texto>
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