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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 4</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/10/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>Fuenlabrada número 4. Procedimiento ordinario 162 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>253</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 4 
 EDICTO
 
 119 
 Procedimiento ordinario 162 de 2009 
  En los autos de procedimiento ordinario número 162 de 2009, se ha dictado sentencia de fecha 21 de septiembre de 2010, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:
  Sentencia
  En Fuenlabrada, a 21 de septiembre de 2010..En nombre de Su Majestad el Rey.
  Vistos por mí, ilustrísima señora doña María Luisa García Moreno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 4 de Fuenlabrada, los presentes autos de juicio ordinario número 162 de 2009, tramitados en este Juzgado a instancias de “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, representada por el procurador de los tribunales don Fernando Jurado Reche y asistida por el letrado don Julio Aznar Vila, contra doña Violeta Herrero Díez y don Miguel Ángel Ruiz Isabel, en situación legal de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad; y...
  Fallo
  Estimando la demanda formulada por “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, representada por el procurador de los tribunales don Fernando Jurado Reche, contra doña Violeta Herrero Díez y don Miguel Ángel Ruiz Isabel, debo condenar y condeno a los citados demandados a abonar a la actora la suma de 98.750,63 euros, más los intereses legales de dicha cantidad devengados desde cada una de las disposiciones en efectivo y hasta su completo pago, con expresa imposición de las costas causadas a los citados demandados.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer y formalizar recurso de apelación dentro de quinto día para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.
  El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  Para interponer el recurso será necesario la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este Juzgado tiene abierta en “Banesto”, consignación que deberá ser acreditada al preparar el recurso (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial).
  Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado quinto de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.
  Líbrese y únase certificación de la sentencia para su unión a los autos, con inclusión de la original en el libro de sentencia.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Publicación
  Leída y publicada fue la anterior sentencia por la señora magistrada-juez que la dictó estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha..Doy fe.
  Y para que sirva de notificación a los demandados don Miguel Ángel Ruiz Isabel y doña Violeta Herrero Díez, que se encuentran en ignorado paradero, se expide la presente en Fuenlabrada, a 21 de septiembre de 2010..El secretario (firmado).
  (03/37.078/10)</texto>
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