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    <fecha_publicacion>2010/10/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>Toledo número 1. Ceses 815 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>250</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 228 
 Ceses 815 de 2010 
  Don Francisco Javier Sanz Rodero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Toledo.
  Hago saber: Que en el procedimiento de despido/ceses en general número 815 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Alberto Martín-Caro Álvarez, contra la empresa “Vulcanizados Milano, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  Fallo
  Estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por don José Alberto Martín-Caro Álvarez, frente a “Vulcanizados Milano, Sociedad Limitada”, sobre despido, debo declarar y declaro la improcedencia del despido, condenando a la demandada a estar y pasar por esta declaración, y declarando extinguida la relación laboral entre las partes, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a don José Alberto Martín-Caro Álvarez, en concepto de indemnización, la cuantía de 27.297,55 euros y los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la presente sentencia que declara extinguida la relación laboral en cuantía de 4.949,21 euros.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Vulcanizados Milano, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 17 de septiembre de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/36.727/10)</texto>
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