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    <titulo>Pamplona número 2. Demanda 627 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>250</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE PAMPLONA NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 225 
 Demanda 627 de 2010 
  Doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Pamplona.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 627 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Coro Roldán Sanz de Galdeano, contra la empresa “Yardbrid, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:
  Diligencia de ordenación de la secretaria, doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz..En Pamplona/Iruña, a 28 de septiembre de 2010.
  Habiéndose devuelto por la empresa expedidora el anterior sobre devuelto contenido cédula de citación para la empresa demandada para los actos convocados en el día de hoy, únase a los autos de su razón.
  Se suspenden y dejan sin efecto los actos convocados para el día de hoy.
  Se vuelve a señalar para la celebración de los actos de conciliación y juicio oral subsiguiente el día 26 de octubre de 2010, a las nueve y quince horas; se dan por reproducidas las advertencias y requerimientos que fijaban el primer señalamiento.
  Sirva el presente proveído de notificación y citación a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial.
  Habiéndose recabado información por el servicio telemático judicial, apareciendo domicilios sociales de la demandada sitos en Madrid, Zaragoza y Pamplona, líbrense sendos exhortos a los Juzgados de lo social decanos de Madrid y Zaragoza y solicítese la oportuna diligencia al Servicio Común de Actos de Comunicación y Ejecución de Pamplona.
  Al mismo tiempo, y por si la misma resultara desconocida en el domicilio facilitado, se acuerda remitir edicto al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y “Boletín Oficial de la Provincia de Navarra”, haciéndole la advertencia de que no se llevará a efecto ninguna otra notificación, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando una copia de la resolución en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo la resoluciones que revistan forma de auto o sentencia, se trate de emplazamiento o pongan fin al procedimiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Yardbrid, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Pamplona/Iruña, a 28 de septiembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/37.712/10)</texto>
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