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    <fecha_publicacion>2010/10/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>Algeciras. Social ordinario 1.169 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>250</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALGECIRAS</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALGECIRAS 
 EDICTO
 
 221 
 Social ordinario 1.169 de 2009 
  Doña Silvia Fernández-Reinoso Artacho, secretaria judicial del Juzgado de lo social único de Algeciras.
  Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1.169 de 2009 a instancias de la parte actora don Andrés Naranjo Macías, contra “Transportes Entrambasaguas, Sociedad Anónima”, “Naviera del Odiel, Sociedad Anónima”, y “Lajavi Inversiones, Sociedad Limitada”, sobre social ordinario se a dictado sentencia de fecha 22 de marzo de 2010, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Estimo sustancialmente la demanda origen de las presentes actuaciones y, en su consecuencia, previa absolución de las mercantiles “Naviera del Odiel, Sociedad Anónima”, y “Lajavi Inversiones, Sociedad Limitada”, condeno a la también mercantil “Transportes Entrambasaguas, Sociedad Anónima”, a abonar a don Andrés Naranjo Macías la suma de 6.152,60 euros y por los conceptos y períodos establecidos en el cuerpo de esta resolución judicial.
  Y para que sirva de notificación a la demandada “Transportes Entrambasaguas, Sociedad Anónima”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamiento.
  En Algeciras, a 30 de julio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/36.817/10)</texto>
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