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    <fecha_publicacion>2010/10/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 35. Demanda 566 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>249</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35 
 EDICTO
 
 247 
 Demanda 566 de 2010 
  Doña María Gracia Fernández Morán, secretaria de lo social del número 35 de los de Madrid y su provincia.
  Hago saber: Que en las presentes actuaciones que se siguen en este Juzgado a instancias de don Xiguan Chen, contra “Élite Electrónico, Sociedad Limitada”, “Reformas y Fachadas JJVM, Sociedad Limitada”, “Deurcom Desarrollos Urbanísticos, Sociedad Limitada”, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, en reclamación por Seguridad Social, registrado con el número 566 de 2010, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 530 de 2010
  En Madrid, a 13 de septiembre de 2010..Don Joaquín Castro Colás, magistrado-juez sustituto del Juzgado de lo social número 35 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre Seguridad Social, entre don Xiguan Chen, como demandante, y el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Élite Electrónico, Sociedad Limitada”, “Reformas y Fachadas JJVM, Sociedad Limitada”, y “Deurcom Desarrollos Urbanísticos, Sociedad Limitada”, como demandados, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que debemos estimar y estimo en parte la demanda interpuesta por don Xiguan Chen contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Élite Electrónico, Sociedad Limitada”, “Reformas y Fachadas JJVM, Sociedad Limitada”, y “Deurcom Desarrollos Urbanísticos, Sociedad Limitada”, en reclamación sobre prestaciones a la Seguridad Social (recargo por falta de medidas de seguridad) y con revocación de la resolución de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, Dirección Provincial de Madrid, de 18 de junio de 2009, condeno a las empresas “Élite Electrónico, Sociedad Limitada”, “Reformas y Fachadas JJVM, Sociedad Limitada”, y “Deurcom Desarrollos Urbanísticos, Sociedad Limitada”, a que, solidariamente, abonen un recargo por falta de medidas de seguridad del 50 por 100 en todas las prestaciones de Seguridad Social obtenidas por el trabajador don Xiguan Chen como consecuencia del accidente sufrido el 14 de diciembre de 2007, absolviendo al Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social de las pretensions deducidas en su contra en el escrito de demanda.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación “Élite Electrónico, Sociedad Limitada”, “Reformas y Fachadas JJVM, Sociedad Limitada”, y “Deurcom Desarrollos Urbanísticos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, se expide el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo el presente.
  Madrid, a 16 de septiembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/36.581/10)</texto>
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