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    <fecha_publicacion>2010/10/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 27. Demanda 949 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>247</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 225 
 Demanda 949 de 2008 
  Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 949 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Alberto Peñalver Álvarez, contra la empresa “Segur Ibérica, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Parte dispositiva:
  Archivar la demanda presentada al no constar domicilio válido de la misma, siendo este un requisito imprescindible según lo dispuesto en el artículo 80.e) de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Juan Alberto Peñalver Álvarez, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 8 de septiembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/36.395/10)</texto>
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