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    <fecha_publicacion>2010/10/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 12. Demanda 307 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>245</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 127 
 Demanda 307 de 2010 
  Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 307 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don David Lancharro Pagador, contra la empresa “CTG Ingeniería Dedicada, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
  Fallo
  Desestimo la demanda del actor don David Lancharro Pagador, y, en consecuencia, absuelvo a la demandada, “CTG Ingeniería Dedicada, Sociedad Anónima”, y al Fondo de Garantía Salarial de lo pretendido con la demanda. Esta sentencia no tiene recurso por razón de la cuantía. Adquiere firmeza en el momento de su notificación.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “CTG Ingeniería Dedicada, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 14 de septiembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/36.084/10)</texto>
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