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    <titulo>Acuerdo laboral
– Resolución de 22 de julio de 2010, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Seltenia, Sociedad Limitada”, y delegado de personal (PCM-0373/2010)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  D) Anuncios 
  CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER E INMIGRACIÓN 
 
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 RESOLUCIÓN de 22 de julio de 2010, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Seltenia, Sociedad Limitada”, y delegado de personal (PCM-0373/2010). 
  Vista el Acta de la Mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.f) del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Dirección General
  RESUELVE
  Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Madrid, a 22 de julio de 2010..El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.
  Expediente número PCM-0373/2010.
  En Madrid, a las nueve cuarenta y cinco horas del lunes 21 de junio de 2010..Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:
  Presidente: Don Julio Canalda Bobas.
  Vocal: Don Carlos Jacob Sánchez.
  Vocal: Don José María Roncero G. de Bonilla.
  Vocal: Don Pedro Baena Pérez.
  Secretaria: Doña Josefa Díez Arribas.
  Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación, registrada en la sede del Instituto con fecha lunes 14 de junio de 2010, para conocer el expediente citado.
  De una parte, constan como citados y comparecen:
  Don Pedro Vadillo Vadillo, en calidad de administrador.
  “Seltenia, Sociedad Limitada”, domiciliada en la calle Batalla del Salado, número 34, Madrid.
  De otra parte, constan como citados y comparecen:
  Don Luis Fernández García, en calidad de delegado personal.
  Don Julio Mateo Sánchez, en calidad de asesor de UGT.
  Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por don Luis Fernández García, como representante legal  de los trabajadores
  ABIERTO EL ACTO
  La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.
  Concedida la palabra a la representación empresarial manifiesta su postura.
  Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas se da por finalizado con el resultado de
  CON AVENENCIA
  En los siguientes términos:
  Ambas partes acuerdan fijar el calendario laboral del año 2010 en los siguientes términos:
  1.  La jornada diaria será de nueve horas de lunes a jueves, y de cuatro horas los viernes.
  2.  Las horas que restan hasta final de año, por encima de las establecidas por el convenio colectivo, se compensarán a los trabajadores con los siguientes días de libranza: 11 de octubre, 8 de noviembre y 7, 24, 30 y 31 diciembre.
  3.  Aquellos que hayan disfrutado de días de libranza hasta la fecha de este acuerdo, se les considerarán días de vacaciones disfrutados.
  El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en él se establece.
  El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el Juez o Tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada, a las diez y cuarenta horas del día de hoy..La secretaria suplente (firmado).
  (03/34.979/10)</texto>
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