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    <fecha_publicacion>2010/10/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Catalunya. Sala de lo Social. Demanda 817 de 2006</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA 
 SALA DE LO SOCIAL
 EDICTO
 
 13 
 Demanda 817 de 2006 
  En el rollo de Sala número 7.696 de 2008, formado para resolver el recurso de suplicación interpuesto contra resolución dictada por el Juzgado de lo social número 21 de Barcelona en los autos de demandas número 817 de 2006, se ha dictado providencia con fecha de hoy, en la que se ha tenido por preparado el recurso de casación para la unificación de la doctrina contra la sentencia dictada por esta Sala, presentado por el letrado de la Administración de la Seguridad Social, actuando en nombre y representación del Instituto Nacional de la Seguridad Social, y se ha acordado emplazar a las partes para que comparezcan personalmente o por medio de abogado o representante ante la Sala de lo social del Tribunal Supremo en el plazo de quince días hábiles.
  Y para que sirva de notificación y emplazamiento en forma a “Gispert, Sociedad Anónima”, cuyo paradero actual se desconoce, expido este edicto, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral, y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Barcelona, a 13 de septiembre de 2010..La secretaria judicial de Sala (firmado).
  (03/35.767/10)</texto>
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