<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20101008-299</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/10/08</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 32. Demanda 1.727 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>16</pagina_inicial>
    <pagina_final>16</pagina_final>
    <diario_numero>241</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-10-08280920100170</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/10/08/BOCM-20101008-299.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/10/08/BOCM-20101008-299.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/10/08/BOCM-20101008-299.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 299 
 Demanda 1.727 de 2009 
  Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.727 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier Ruiz Hernández y don Mihail Busega, contra las empresas “Promociones y Obras López Sebastián, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Trialia Grupo Inmobiliario, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado la sentencia número 229 de 2010 y el auto de aclaración de la sentencia siguientes:
  Sentencia número 229 de 2010
  En Madrid, a 30 de abril de 2010..El ilustrísimo señor don Álvaro Rueda Tortuero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 32 de los de Madrid, comisionado en funciones de refuerzo, ha visto y examinado los precedentes autos de procedimiento seguidos bajo el número 1.727 de 2009, ante este Juzgado, a instancias de don Francisco Javier Ruiz Hernández y don Mihail Busega, bajo la dirección de la letrada doña María Pilar Fernández García, contra “Promociones y Obras López Sebastián, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Trialia Grupo Inmobiliario, Sociedad Limitada”, comparecidas a través de sus representantes legales.
  Fallo
  Que con estimación de la demanda interpuesta por don Francisco Javier Ruiz Hernández y don Mihail Busega, contra “Promociones y Obras López Sebastián, Sociedad Limitada Unipersonal”, y “Trialia Grupo Inmobiliario”, debo declarar y declaro extinguidos los contratos de trabajo, así como el derecho de don Francisco Javier Ruiz Hernández y don Mihail Busega a cobrar una indemnización de 12.711,75 euros y 14.199 euros, respectivamente.
  Auto
  Magistrado-juez de lo social, don Álvaro Rueda Tortuero..En Madrid, a 17 de junio de 2010.
  Dada cuenta; el anterior escrito de la parte actora únase a los autos de su razón, con entrega de copia a la contraria; y...
  Parte dispositiva:
  1.  Se estima la solicitud de la parte actora y se subsana el error material manifiesto padecido en el fallo al haberse omitido que la condena a las empresas demandadas es solidaria, lo que queda aclarado en tal sentido.
  2.  Incorpórese esta resolución al libro que corresponda y llévese testimonio a los autos principales.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Promociones y Obras López Sebastián, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 13 de septiembre de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/35.676/10)</texto>
</documento>