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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/10/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 32. Demanda 1.562 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>241</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 298 
 Demanda 1.562 de 2009 
  Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.562 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Felipe Vivas Molano, don Pablo Enrique Dénez Osorio y don Juan José Romero Pompeyano, contra la empresa “Sege Artesanos Ebanistas, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 306 de 2010
  En Madrid, a 9 de junio de 2010..Doña María Luisa Gil Meana, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 32 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandantes, don Felipe Vivas Molano, don Pablo Enrique Dénez Osorio y don Juan José Romero Pompeyano, que comparecen asistidos del letrado señor Fernández Chillón, y de otra, como demandada, “Sege Artesanos Ebanistas, Sociedad Limitada”, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que con estimación de la demanda presentada por don Felipe Vivas Molano, don Pablo Enrique Dénez Osoario y don Juan José Romero Pompeyano, contra “Sege Artesanos Ebanistas, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a los actores las siguientes cantidades:
  A don Felipe Vivas Molano, 4.570,37 euros, más 457,03 euros de interés por mora.
  A don Pablo Enrique Dénez Osorio, 3.949,62 euros, más 394,96 euros de interés  por mora.
  A don Juan José Romero Pompeyano, 4.570,37 euros, más 457,03 euros de interés  por mora.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma “Sege Artesanos Ebanistas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 31 de julio de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/35.668/10)</texto>
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