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    <fecha_publicacion>2010/10/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Serranillos del Valle. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>241</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Serranillos del Valle</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE SERRANILLOS DEL VALLE 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 138 
 Modificación ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles 
  Habiéndose publicado con fecha 7 de diciembre de 2009 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID acuerdo de aprobación inicial de la modificación del artículo 7.2 de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, y sin que se hayan presentado reclamación o alegación alguna, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17.3 y 4 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobada por Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, se entiende definitivamente adoptado el acuerdo anteriormente referido, procediéndose a su publicación.
  El artículo 7.2, de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles quedará redactado del siguiente modo:
  .	“Artículo 7.2 Tipo de gravamen y cuota: el tipo de gravamen será el 0,70 por 100 cuando se trate de bienes urbanos y el del 0,70 por 100 cuando se trate de bienes rústicos”.
  Serranillos del Valle, a 20 de septiembre de 2010..La alcaldesa, Olga Fernández Fernández.
  (03/36.296/10)</texto>
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