<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20101008-124</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>PUENTES VIEJAS</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/10/08</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Puentes Viejas. Régimen económico. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios de celebración de matrimonio civil y de inscripción en el registro municipal de uniones de hecho</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>13</pagina_inicial>
    <pagina_final>13</pagina_final>
    <diario_numero>241</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-10-08041020100026</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/10/08/BOCM-20101008-124.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/10/08/BOCM-20101008-124.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/10/08/BOCM-20101008-124.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>PUENTES VIEJAS</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE PUENTES VIEJAS 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 124 
 Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios de celebración de matrimonio civil y de inscripción en el registro municipal de uniones de hecho 
  Transcurrido el período de información pública del acuerdo municipal de 26 de mayo de 2010 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de 9 de julio de 2010), por el que se aprobaba la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios de celebración de matrimonio civil y de inscripción en el Registro Municipal de Uniones de Hecho en Puentes Viejas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el citado acuerdo inicial se entiende definitivamente aprobado, siendo su texto íntegro el siguiente:
  .	Ordenanza municipal reguladora de la tasa por prestación de servicios de celebración de matrimonio civil y de inscripción en el Registro Municipal de Uniones de Hecho”.
  Artículo 7  Tarifas..Epígrafe primero, por cada matrimonio civil que se celebre el día y hora prefijada para la celebración... No empadronados: 250 euros.
  Puentes Viejas, a 17 de septiembre de 2010..El alcalde, Gabriel Ramírez Sanz.
  (03/36.699/10)</texto>
</documento>