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    <fecha_publicacion>2010/10/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Plan especial para la modificación de las condiciones de ordenación de la manzana M-195 del plan parcial US.0.41, Parque de Valdebebas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>240</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda - Dirección General de Planeamiento Urbanístico - Subdirección General de Planificación General y Periferia Urbana - Departamento de Renovación Urbana</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 URBANISMO
 Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda
 Dirección General y Planeamiento Urbanístico
 Subdirección General de Planificación General y Periferia Urbana
 Departamento de Renovación Urbana
 
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 Plan especial para la modificación de las condiciones de ordenación de la manzana M-195 del plan parcial US.0.41, Parque de Valdebebas 
  La Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 29 de julio de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:
  Primero..Admitir a trámite y aprobar inicialmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4.a) primero de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, el Plan Especial de mejora de la ordenación pormenorizada para la parcela M-195, dotacional privado, subestación eléctrica, del Plan Parcial US 4.01 “Parque de Valdebebas”, promovido por la Junta de Compensación “Ciudad Aeroportuaria, Parque de Valdebebas”. Distritos de Hortaleza y Barajas.
  Segundo..Someter el expediente, al trámite de información pública por el plazo de un mes, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor difusión.
  Tercero..Notificar individualmente el presente Acuerdo a todos los propietarios afectados la aprobación inicial y la apertura del trámite de información pública en cumplimiento de lo previsto en el artículo 59.4.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
  Cuarto..Suspender el otorgamiento de licencias urbanísticas solicitadas en el ámbito comprendido en el Plan Especial que pudieran resultar afectadas por sus determinaciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001, y 120 del Reglamento de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio.
  Cuantas personas se consideren interesadas podrán examinar dicho expediente en las mañanas de los días hábiles del plazo señalado, que comenzará a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en los Servicios de Información Urbanística del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, calle Guatemala, número 13, en la Junta Municipal de Distrito de Barajas, plaza Mercurio, número 1 y en la Junta Municipal de Distrito de Hortaleza, carretera de Canillas, número 2, y formular por escrito cuantas alegaciones estimen conveniente a su derecho, que podrán presentarse en los Registros de cualquier órgano administrativo, conforme al artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  Madrid, a 3 se septiembre de 2010..El director de la Oficina del secretario de la Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid, Jesús Espino Granado.
  (02/9.161/10)</texto>
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