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    <fecha_publicacion>2010/10/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 39. Demanda 1.694 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>240</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 174 
 Demanda 1.694 de 2009 
  Doña Margarita Martínez González, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.694 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Isidoro Bermudo Zamora, contra doña Concepción González Andrés, “Tecnesur, Sociedad Anónima”, “Convimad Edificaciones y Construcciones, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente aclaración de sentencia:
  Auto
  En Madrid, a 25 de junio de 2010.
  Dispongo: Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclararla en el sentido que a continuación se dice.
  Donde dice: “percibiendo una retribución diaria bruta con prorrata de pagas extras de 53,37 euros”; debe decir: “percibiendo una retribución diaria bruta con prorrata de pagas extras de 64,39 euros”.
  Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que, en su caso, se formule contra la sentencia.
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo..La magistrada-juez de lo social, María Luz Rico Recondo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a doña Concepción González Andrés, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado.
  En Madrid, a 6 de septiembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/35.364/10)</texto>
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