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    <fecha_publicacion>2010/10/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 34. Demanda 1.519 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>240</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34 
 EDICTO
 
 164 
 Demanda 1.519 de 2008 
  Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.519 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Jaime Acosta Araujo, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, sobre Seguridad Social, se ha dictado auto de fecha 9 de septiembre de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  Se tiene por no formalizado el recurso de suplicación anunciado por don Pedro Jaime Acosta Araujo contra la sentencia dictada en los presentes autos.
  Notifíquese a las partes esta resolución.
  Modo de impugnarla: contra la presente resolución cabe recurso de reposición, previo al recurso de queja, ante este Juzgado de conformidad con lo establecido en los artículos 187 y 193.3 de la Ley de Procedimiento Laboral y 495 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Pedro Jaime Acosta Araujo, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 9 de septiembre de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/35.342/10)</texto>
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