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    <fecha_publicacion>2010/10/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Plan Especial para la finca sita en la carretera a la Estación de Hortaleza, número 56</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>238</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda - Dirección General de Ejecución y Control de la Edificación - Subdirección General de Edificación - Departamento de Ordenación</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 URBANISMO
 Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda
 Dirección General de Ejecución y Control de la Edificación
 Subdirección General de Edificación
 Departamento de Ordenación
 
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 Plan Especial para la finca sita en la carretera a la Estación de Hortaleza, número 56 
  El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 28 de mayo de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:
  «Primero..Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, el Plan Especial para la implantación de la actividad de logística del transporte: taller de mantenimiento de autocares, requeridos por Renfe/Adif como alternativa a los servicios ferroviarios que presta a sus usuarios con aparcamiento exterior y puesto de suministro de combustible para los mismos, en unos terrenos arrendados a Adif, situados a la altura del número 56 de la carretera a la Estación de Hortaleza (dentro de la zona de instalaciones ferroviarias de la Estación de Hortaleza), promovido por “Autocares Ciudad Lineal, Sociedad Anónima”, y “Eucar, Sociedad Limitada”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 57 de la misma Ley.
  Segundo..Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 del mismo texto legal.
  Tercero..Notificar individualmente a todos los propietarios afectados, advirtiéndoles de los recursos que procedan, en virtud de lo establecido en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.»
  Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de que se ha procedido al depósito del presente Plan de Ordenación Urbanística en la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.
  Significando que esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a esta publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley de 13 de julio de 1998, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.
  Madrid, a 7 de julio de 2010..El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
  (02/7.887/10)</texto>
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