<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20101005-210</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/10/05</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 32. Demanda 166 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>238</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-10-05210920100235</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/10/05/BOCM-20101005-210.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/10/05/BOCM-20101005-210.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/10/05/BOCM-20101005-210.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 210 
 Demanda 166 de 2010 
  Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 166 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Isabel María Da Cruz Prazeres, contra la empresa “Servicios Hosteleros El Romero Centro Oeste, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 212 de 2010
  En Madrid, a 8 de abril de 2010..El ilustrísimo señor don Álvaro Rueda Tortuero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 32 de los de Madrid, comisionado en funciones de refuerzo, ha visto y examinado los presentes autos de procedimiento seguidos bajo el número 166 de 2010, ante este Juzgado, a instancias de doña Isabel María Da Cruz Prazeres, bajo la dirección del letrado don Francisco José García Cediel, contra la mercantil “Servicios Hosteleros El Romero Centro Oeste, Sociedad Limitada”, defendida por la letrada doña María Paloma Martínez-Mediero Cumplido, sobre despido.
  Fallo
  Que estimando la demanda de despido formulada por doña Isabel María Da Cruz Prazeres, contra la mercantil “Servicios Hosteleros El Romero Centro Oeste, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro nulo el despido de la trabajadora y, siendo imposible la readmisión, declaro extinguida la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución y condeno a la empresa demandada a que indemnice a la demandante en la suma de 3.617,66 euros, así como a los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la fecha de notificación de la presente resolución, a razón de 35,73 euros/día.
  Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o escrito; siendo indispensable, si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no goza del beneficio de justicia gratuita que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado, el total al que se le condena en la cuenta designada al efecto y sin cuyo requisito no se tendrá por anunciado el recurso, y al mismo tiempo para su formalización deberá presentar resguardo de ingreso del depósito especial de 150,25 euros en la cuenta designada al efecto, abierta ambas a tal efecto en “Banesto”, y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Servicios Hosteleros El Romero Centro Oeste, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 2 de septiembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/34.943/10)</texto>
</documento>