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    <fecha_publicacion>2010/10/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 26. Demanda 1.551 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>238</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 190 
 Demanda 1.551 de 2008 
  Doña Ángela Pardo Crespo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.551 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Hammou Boufous, contra don Abdellaoui Mohamed El Amri, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 412 de 2009
  En Madrid, a 7 de octubre de 2009..Don Rafael Monzón Rioboo, magistrado-juez sustituto del Juzgado de lo social número 26 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don Hammou Boufous, que comparece, y de otra, como demandado, don Abdellaoui Mohamed El Amri, en nombre del Rey, ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Estimando la demanda formulada por don Hammou Boufous, contra don Mohamed El Amri Abdellaoui, debo condenar y condeno al demandado a que abone a la parte actora 2.776,34 euros, más el 10 por 100 de la mencionada cantidad en concepto de interés por mora.
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Abdellaoui Mohamed El Amri, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 3 de septiembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/35.146/10)</texto>
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