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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/10/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 7. Ejecución 143 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>238</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 110 
 Ejecución 143 de 2010 
  Doña María José Farelo Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 143 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Felipe Falzo Choque, don José Luis Flores Rodríguez y don Mauro Enrique Molina Pardo, contra la empresa “Excavaciones Zartauz Villanueva, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Decreto
  Secretaria judicial, doña María José Farelo Gómez..En Madrid, a 8 de septiembre de 2010.
  Parte dispositiva:
  En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Requerir a “Excavaciones Zartauz Villanueva, Sociedad Limitada”, a fin de que en el plazo de diez días manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionada, cuando menos, por desobediencia grave en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.
  Proceder a la averiguación de bienes de la ejecutada por medio del Punto Neutro Judicial.
  Librar los despachos pertinentes a fin de que se remita a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada don Juan Antonio Sabonet Merino, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.
  Proceder al embargo de sus bienes en la medida suficiente para responder por la cantidad por la que se ha despachado ejecución, más las costas de esta.
  Notifíquese la presente resolución.
  Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Excavaciones Zartauz Villanueva, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 8 de septiembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/35.121/10)</texto>
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