<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20101005-104</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/10/05</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 3. Demanda 783 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>238</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-10-05210920100143</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/10/05/BOCM-20101005-104.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/10/05/BOCM-20101005-104.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/10/05/BOCM-20101005-104.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 104 
 Demanda 783 de 2010 
  Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 783 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Olga Cáceres Díaz, contra la empresa “El Horno del Paseo, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la resolución siguiente:
  En nombre de Su Majestad el Rey, ha dictado la siguiente
  Sentencia número 351 de 2010
  En Madrid, a 26 de julio de 2010..Su señoría ilustrísima doña Mercedes Gómez Ferreras, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, seguido a instancias de doña María Olga Cáceres Díaz, asistida de la letrada doña María Reyes Rivallo Vera, colegiada número 46.663, contra don José Rodríguez Villasante y “El Horno del Paseo, Sociedad Limitada”, y comparece don José Rodríguez Villasante, documento nacional de identidad número 656.672, asistido del letrado don Francisco Rivilla Molero, colegiado número 43.958.
  Fallo
  Procede estimar la demanda planteada por doña María Olga Cáceres Díaz, contra la empresa “El Horno del Paseo, Sociedad Limitada”, y don José Rodríguez Villasante, en reclamación de cantidad, y condenar a la empresa demandada a que abone a la demandante la cantidad total de 7.057,94 euros, más el 10 por 100 de interés por mora. Con absolución de la persona física demandada don José Rodríguez Villasante y del Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de las responsabilidades legales subsidiarias de dicho organismo.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo anunciar su propósito ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles, siguientes a la notificación del presente fallo, debiendo el recurrente si es empresario aportar el resguardo acreditativo de haber depositado en “Banesto”, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid, entidad 0030, oficina 1143 y número de cuenta corriente 2501/0000/00/0783/10, el importe del principal y 150,25 euros.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “El Horno del Paseo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 9 de septiembre de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/35.120/10)</texto>
</documento>