<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20101004-131</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 4</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/10/04</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Leganés número 4. Juicio de faltas 222 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>237</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-10-04170920100138</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/10/04/BOCM-20101004-131.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/10/04/BOCM-20101004-131.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/10/04/BOCM-20101004-131.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 4</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 4 
 EDICTO
 
 131 
 Juicio de faltas 222 de 2010 
  Don Javier Martínez Ramos, secretario del Juzgado de instrucción número 4 de Leganés.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 222 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Vistos por mí, doña Cristina Requejo García, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 4 de Leganés, los presentes autos de juicio de faltas número 222 de 2010, en los que ha sido parte el ministerio fiscal, y como implicados: don Abraham Ludeña Clemente, en calidad de denunciante; el establecimiento “Berska”, en calidad de perjudicado, y doña Soufaya Kentafi, en calidad de denunciada.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a doña Soufaya Kentafi, como autora responsable de una falta de hurto en grado de tentativa, a la pena de doce días de localización permanente y al pago de las costas procesales.
  La presente resolución es firme al haberse anticipado su fallo a las partes en el acto de juicio y haber manifestado las mismas su conformidad con el mismo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Soufaya Kentafi, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 27 de julio de 2010..El secretario (firmado).
  (03/34.699/10)</texto>
</documento>