<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20101001-139</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/10/01</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 8. Ejecución 275 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>235</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-10-01170920100275</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/10/01/BOCM-20101001-139.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/10/01/BOCM-20101001-139.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/10/01/BOCM-20101001-139.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 139 
 Ejecución 275 de 2009 
  Doña Enriqueta Salvador Hernández, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 275 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Guadalupe Castro Gómez, contra la empresa “Promociones del Miño 4000, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado diligencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Enriqueta Salvador Fernández..En Madrid, a 3 de septiembre de 2010.
  Por recibido el anterior ingreso por importe de 20,68 euros, únase a los autos de su razón, y póngase a disposición del letrado don Raúl Granado Gallego el importe de 844,12 euros correspondientes a la tasación de costas. Devuélvase el sobrante que asciende a 0,25 céntimos de euros a la empresa ejecutada y procédase al archivo de las partes actuaciones.
  Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que esta resolución es revisable en el plazo de un día a contar desde la notificación, mediante escrito motivado presentado ante este mismo Juzgado, previo depósito de 25 euros, al que vendrán obligados todos aquellos que no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, presentando resguardo acreditativo de haberse efectuado en la cuenta corriente número 2506 que este Juzgado de lo social número 8 de Madrid tiene abierta en el “Banco Español de Crédito”, sita en la calle Orense número 19 (28020) Madrid (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009 de 3 de noviembre). La interposición de la citada revisión no impide la inmediata ejecutividad de lo aquí acordado. Doy fe..Así lo acuerdo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Promociones del Miño 4000, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 3 de septiembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/34.503/10)</texto>
</documento>