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    <titulo>Leganés número 7. Juicio de faltas 46 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>235</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 7</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 7 
 EDICTO
 
 119 
 Juicio de faltas 46 de 2010 
  Doña María de los Ángeles González Rodríguez, secretaria del Juzgado de instrucción número 7 de Leganés.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 46 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En Leganés (Madrid), a 14 de junio de 2010..Vistos por el ilustrísimo señor don Rafael Rosel Marín, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 7 de Leganés (Madrid), los presentes autos de juicio de faltas que bajo el número indicado se tramitan en este Juzgado, en los que intervienen, además el ministerio fiscal, don Juan Francisco Díaz Briñas y don Marius Almajanu, en atención al siguiente
  Fallo
  Que absuelvo a don Marius Almajanu de responsabilidad penal por los hechos imputados, declarándose de oficio las costas causadas en este juicio.
  La presente resolución, contenida en el anverso de dos folios, notifíquese a las partes en legal forma, haciendo saber que la misma es susceptible de ser recurrida en apelación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid y dentro de los cinco días siguientes a la constancia de su conocimiento.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Marius Almajanu, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 30 de julio de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/34.418/10)</texto>
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