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    <fecha_publicacion>2010/09/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Valdemoro. Ofertas de empleo. Convocatoria una plaza de cabo Policía Local</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Valdemoro</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VALDEMORO 
 OFERTAS DE EMPLEO
 
 92 
 Convocatoria una plaza de cabo Policía Local 
  1.  Normas generales
  Se convocan pruebas selectivas para cubrir en propiedad una plaza de cabo, grupo C2, nivel de complemento de destino 18, escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, clase Policía Local, categoría de Cabo, por promoción interna, vinculadas a la Oferta de Empleo Público de 2009, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 197, de 20 de agosto de 2009, conforme a las bases de convocatoria aprobadas por la Junta de Gobierno Local, en sesión de fecha 9 de septiembre de 2010, con el siguiente contenido.
  2.  Requisitos de los aspirantes
  Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán  reunir los siguientes requisitos:
  a)	Ser español.
  b)	Tener cumplidos veintiún años y no superar los sesenta antes de la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
  c)	Estar en posesión del título de graduado escolar, formación profesional de primer grado, o equivalente, el día en que termine el plazo de admisión de instancias.
  d)	Estar en posesión del permiso de conducir de la clase A, con una experiencia mínima de dos años, y de la clase B, con la autorización para conducir vehículos prioritarios (BTP), o equivalentes.
  e)	Acreditar la aptitud física mediante la presentación de un certificado médico extendido en un impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio en el que se haga constar expresamente que el aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de los ejercicios físicos que figuran en la prueba de oposición.
  	Este certificado será acreditado con anterioridad a la celebración de las pruebas físicas a las que hace referencia el párrafo anterior.
  	En todo caso, este certificado médico no excluirá, en absoluto, las comprobaciones posteriores que integran la prueba de reconocimiento médico descrito en la fase de oposición.
  f)	No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado, Comunidades Autónomas o Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado por el ejercicio de funciones públicas.
  g)	Declaración jurada de compromiso de portar armas y utilizarlas en los casos previstos en la Ley.
  h)	Pertenecer al Cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Valdemoro.
  i)	Tener una antigüedad mínima de dos años en la categoría de policía.
  j)	Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones.
  k)	Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
  Todos los requisitos establecidos anteriormente deberán ser reunidos por el aspirante el día que finalice el plazo de presentación de instancias, a excepción del específico en el apartado d), debiendo acreditar el permiso de conducir de la clase B en el plazo señalado anteriormente con carácter general para el resto de los requisitos, y los dos años de experiencia mínima en la conducción de motocicletas a que autoriza el permiso de la clase A, así como la autorización para conducir vehículos prioritarios (BTP) antes de la finalización del Curso Selectivo de Formación correspondiente.
  3.  Solicitudes
  3.1.  Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán al señor alcalde-presidente de esta Corporación. Para ser admitido, y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, bastará con que los aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, tal y como se establece en la base anterior.
  A las mismas se adjuntará currículum profesional, con constancia de los méritos alegados, ordenados según el baremo que figura en el correspondiente anexo, al que se adjuntará copia compulsada de los justificantes acreditados de los mismos.
  3.2.  El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, en el que deberá constar la fecha y número del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en el que hayan sido publicadas las bases de la convocatoria.
  3.3.  El impreso de solicitud y copia, debidamente cumplimentado, se presentará con el recibo acreditativo de haber satisfecho los derechos de examen en el Registro General del Ayuntamiento de Valdemoro, plaza de la Constitución, número 11, en horas de ocho a catorce, de lunes a viernes.
  Las solicitudes también podrán presentarse en la forma que previene el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, remitiéndose mediante correo certificado a la siguiente dirección: “Ayuntamiento de Valdemoro. Pruebas selectivas de cabo de la Policía Local. Plaza de la Constitución, número 11, 28340 Valdemoro (Madrid)”.
  3.4.  Los derechos de examen se fijan en la cantidad de 33,67 euros, que serán satisfechos en la entidad bancaria de “Caixa Catalunya”, sita en la calle Estrella de Elola, número 21, de la localidad, al número de cuenta 2013/1530/31/0200010007, o mediante giro postal o telegráfico especificando pago derecho de examen pruebas selectivas de cabo de la Policía Local. Uniendo el justificante de pago a la instancia en el momento de su presentación.
  Destacar que será motivo de exclusión, no siendo subsanable dicho defecto, el no haber hecho efectivos los derechos de examen.
  3.5.  Autorización pruebas médicas..Los aspirantes deberán aportar obligatoriamente, junto con el ejemplar de la instancia, la autorización para someterse a las pruebas médicas que sean necesarias de acuerdo con lo previsto en la base 8.2.2 a efectos de comprobar la aptitud médica de los mismos según los criterios establecidos en el anexo III de las presentes bases reguladoras. Dicha autorización se ajustará al modelo recogido en el anexo V.
  4.  Procedimiento de selección
  El procedimiento de selección constará de las siguientes fases de carácter sucesivo y eliminatorio:
  .	Concurso-oposición.
  .	Curso selectivo de formación.
  5.  Desarrollo de la fase de concurso-oposición
  5.1.  Concurso..La fase de concurso será previa a la de oposición y no tendrá carácter eliminatorio. Consistirá en la calificación de los méritos alegados en el currículum profesional y debidamente acreditado por los aspirantes a través de sus expedientes personales o de justificantes adjuntos a los currículos, de acuerdo con el baremo de méritos que consta en el anexo I. Solo podrán valorarse aquellos méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el plazo de admisión de instancias de la correspondiente convocatoria.
  5.2.  Oposición..Las pruebas a superar en la fase de oposición serán las siguientes, todas y cada una de ellas eliminatorias:
  5.2.1.	Pruebas psicotécnicas, homologadas por la Academia de Policía de la Comunidad de Madrid, orientadas a comprobar que las aptitudes y rasgos de personalidad de los aspirantes son los más adecuados para la función policial a desempeñar.
  5.2.2.	Pruebas físicas, adecuadas a la especialidad necesaria para las funciones a realizar y tendentes a comprobar, entre otros aspectos, las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinación. Las pruebas físicas a superar serán las siguientes:
  	. Carrera de velocidad sobre 60 metros.
  	. Carrera de resistencia sobre 800 metros.
  	. Lanzamiento de balón medicinal.
  	. Salto de longitud desde la posición de parado.
  	Estos ejercicios se realizarán con arreglo a las normas que figuran en el anexo II. Previo acuerdo del tribunal, se podrá realizar el pertinente control antidopaje a cualquiera de los aspirantes. Con anterioridad a la realización de los ejercicios físicos, los aspirantes deberán presentar al tribunal el certificado médico extendido en impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio al que se refiere el apartado e) de la base 2, “Requisitos de los aspirantes”.
  5.2.3.	Reconocimiento médico, con sujeción a un cuadro de exclusiones detallado en el anexo III que garantizará la idoneidad del opositor para la función a desempeñar.
  5.2.4.	Prueba de conocimientos, que estará integrada por dos exámenes que se realizarán sucesivamente. El primero consistirá en la contestación a un caso práctico, relacionado con las funciones a desarrollar, que se contestará por escrito en un plazo máximo de treinta minutos. El segundo examen consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de dos horas, tres temas del programa que figura en el anexo IV, uno del primer grupo y dos del segundo grupo, elegidos por insaculación.
  6.  Calificación de la fase de concurso-oposición
  6.1.  Concurso..La calificación definitiva del concurso vendrá dada por la suma de todos los puntos obtenida por aplicación del baremo de méritos establecidos en el correspondiente anexo I de las presentes bases.
  6.2.  Oposición..Las diferentes pruebas de la oposición serán calificadas de la siguiente forma:
  6.2.1.	Pruebas psicotécnicas: la calificación será de “apto” o “no apto”.
  6.2.2.	Pruebas físicas: se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos en cada una de las diferentes pruebas que se celebren, obteniéndose la nota final a través de la media aritmética correspondiente al conjunto de las pruebas.
  6.2.3.	Reconocimiento médico: se calificará de “apto” o “no apto”.
  6.2.4.	Prueba de conocimientos: se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarla. No obstante, también será necesaria para superarla obtener un mínimo de 5 puntos sobre 10 en cada uno de los dos exámenes que la componen. En consecuencia, la calificación global de esta prueba será la media aritmética de las calificaciones obtenidas en los dos exámenes.
  Para la valoración y calificación de las pruebas psicotécnicas, físicas y de reconocimiento médico se requerirán los servicios de personal especializado, que emitirá, con arreglo a las condiciones de la convocatoria, su informe a la vista del cual el tribunal resolverá.
  La calificación definitiva de la fase de oposición será la suma de las calificaciones finales obtenidas en las pruebas de naturaleza puntuable.
  6.3.  Calificación final del concurso-oposición:
  6.3.1.	La calificación final de cada aspirante en la 
ase concurso-oposición se realizará mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en cada una de las puntuaciones finales de las pruebas puntuables en la fase de oposición.
  6.3.2.	El orden de colocación de los aspirantes en la lista de aprobados se establecerá de mayor a menor puntuación, no pudiendo el tribunal proponer como “Cabo de la Policía Local en Prácticas” un número superior al de plazas convocadas.
  7.  Curso selectivo de formación
  El curso selectivo de formación en la Academia de Policía de la Comunidad de Madrid, cuya duración no será inferior a tres meses, será calificado de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.
  8.  Calificación definitiva del proceso selectivo
  La calificación definitiva del proceso de selección vendrá dada por la suma de las calificaciones obtenidas en la fase de concurso-oposición y la correspondiente al curso selectivo de formación, estableciéndose en tal suma la siguiente ponderación:
  (COP ´ 0,40) + (CS ´ 0,60)
  Donde COP es la calificación obtenida en la fase de concurso-oposición y CS es la calificación obtenida en el curso selectivo de formación.
  9.  Composición, constitución y actuación de los órganos de selección
  9.1.  El tribunal calificador de las pruebas selectivas estará compuesto por los siguientes miembros:
  Presidente: funcionario del Ayuntamiento de Valdemoro.
  Vocales:
  .	Un funcionario de la Comunidad de Madrid.
  .	Dos funcionarios del Ayuntamiento de Valdemoro.
  Secretario: el de la Corporación.
  Todos los miembros del tribunal actuarán con voz y con voto. La composición del tribunal será predominantemente técnica y los vocales deberán poseer titulación o especialización igual o superior a la exigida para el acceso a la plaza convocada. La designación de los miembros del tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes.
  9.2.  El tribunal responsable de la selección no podrá declarar que han superado las pruebas un número superior de aspirantes a las plazas convocadas.
  Las bases completas de la convocatoria están publicadas íntegramente en el Departamento de Personal del Ayuntamiento de Valdemoro.
  Valdemoro, a 9 de septiembre de 2010..El alcalde en funciones, tercer teniente de alcalde, Germán Alarcón Castellanos.
  (02/9.165/10)</texto>
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