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    <fecha_publicacion>2010/09/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 7. Ejecución 153 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>234</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 136 
 Ejecución 153 de 2010 
  Doña María José Farelo Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 153 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan José Guijarro Blasco, contra la empresa “Sercal, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  Se declara resuelta la relación laboral que unía a la parte actora don Juan José Guijarro Blasco, don Luis Miguel Guijarro Blasco y don Enrique Ferré Borrás con la demandada “Sercal, Sociedad Anónima”, y se condena a esta a que indemnice:
  A don Juan José Guijarro Blasco, la cantidad de 121.925,59 euros en concepto de la indemnización recogida en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores; así como a que abone los salarios dejados de percibir desde la fecha de notificación de la sentencia de la que dimana este incidente hasta la fecha de esta resolución y que, unidos a los que por sentencia se condenó a la empresa, ascienden a 40.466,43 euros, computados desde la fecha del despido (17 de febrero de 2010) hasta el día de hoy (9 de agosto de 2010).
  A don Luis Miguel Guijarro Blasco, la cantidad de 13.084,35 euros en concepto de la indemnización recogida en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores; así como a que abone los salarios dejados de percibir desde la fecha de notificación de la sentencia de la que dimana este incidente hasta la fecha de esta resolución y que, unidos a los que por sentencia se condenó a la empresa, ascienden a 15.884,86 euros, computados desde la fecha del despido (17 de febrero de 2010) hasta el día de hoy (9 de agosto de 2010).
  A don Enrique Ferré Borrás, la cantidad de 30.870,45 euros en concepto de la indemnización recogida en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores; así como a que abone los salarios dejados de percibir desde la fecha de notificación de la sentencia de la que dimana este incidente hasta la fecha de esta resolución y que, unidos a los que por sentencia se condenó a la empresa, ascienden a 18.258,42, computados desde la fecha del despido (17 de febrero de 2010) hasta el día de hoy (9 de agosto de 2010).
  Notifíquese esta resolución a las partes.
  Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado dentro del plazo de cinco días siguientes al de su notificación de conformidad con el artículo 185 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sercal, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 2 de septiembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/34.434/10)</texto>
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