<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100928-125</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 25</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/09/28</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 25. Juicio de faltas 220 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>11</pagina_inicial>
    <pagina_final>11</pagina_final>
    <diario_numero>232</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-09-28140920100078</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/09/28/BOCM-20100928-125.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/09/28/BOCM-20100928-125.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/09/28/BOCM-20100928-125.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 25</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 25 
 EDICTO
 
 125 
 Juicio de faltas 220 de 2010 
  Doña María Paz Conde Díaz, secretaria del Juzgado de instrucción número 25 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 220 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En Madrid, a 11 de mayo de 2010..El ilustrísimo señor don Valentín Sanz Altozano, magistrado-juez de instrucción del número 25 de los de Madrid, habiendo visto y oído en juicio oral y público la presente causa de juicio de faltas número 220 de 2010, seguida por una falta de hurto (623), contra doña Laura Montero González, habiendo sido parte en la misma el ministerio fiscal.
  Que debo absolver y absuelvo a doña Laura Montero González de la falta prevista y penada por la que inicialmente venía acusada, declarando de oficio las costas procesales.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles de que contra la misma podrán interponer, ante este Juzgado, recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Laura Montero González, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 31 de agosto de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/34.073/10)</texto>
</documento>