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    <fecha_publicacion>2010/09/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 39. Demanda 225 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 152 
 Demanda 225 de 2010 
  Doña Margarita Martínez González, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 225 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rubén Tenorio Rojas, contra la empresa “Elphos de Mir, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 336 de 2010
  En Madrid, a 13 de julio de 2010..Vistos por su señoría ilustrísima doña María Luz Rico Recondo, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 39 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal del orden social de la jurisdicción en reclamación de cantidad, entre las siguientes partes: como demandante, don Rubén Tenorio Rojas, asistido del letrado don José María Larrumbe Diego, y como demandados, la empresa “Elphos de Mir, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial.
  Fallo
  Estimando la demanda interpuesta por don Rubén Tenorio Rojas, frente a la empresa “Elphos de Mir, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación de salarios, debo condenar y condeno a la citada empresa demandada al abono al actor de la cantidad de 9.865,99 euros en concepto de cantidad bruta, cantidad que deberá ser incrementada con el recargo del 10 por 100 de interés por mora. Se absuelve al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad legal.
  Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación en la forma y plazos establecidos en la Ley de Procedimiento Laboral.
  Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Elphos de Mir, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 21 de julio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/34.049/10)</texto>
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