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    <identificador>BOCM-20100916-71</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL NÚMERO 4</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/09/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>San Lorenzo de El Escorial número 4. Juicio verbal 146 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>222</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL NÚMERO 4 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 71 
 Juicio verbal 146 de 2008 
  En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
  Sentencia
  En San Lorenzo de El Escorial, a 23 de febrero de 2009..Don Franciso Javier Just Bauluz, juez sustituto del Juzgado de primera instancia e instrucción número 4, de San Lorenzo de El Escorial y su partido, ha visto las presentes actuaciones de juicio verbal, seguidas en este Juzgado con el número 146 de 2007 a instancias de “Gunner, Sociedad Limitada”, representado por el procurador don Adotino González Pontón y asistido del letrado don Ángel Andrés Melero, contra “Eurotrafo, Sociedad Limitada”, don Jesús Orte Jiménez y doña Cristina Orte Largo, representada por la procuradora doña María Wangüemert García, asistida de la letrado doña Inmaculada Manso Merchán, en reclamación de cantidad.
  Fallo
  Estimo la demanda presentada por “Gunner, Sociedad Limitada” representada por el procurador señor González Pontón, respecto de la reclamación ejercitada contra “Eurotrafo, Sociedad Limitada” y don Jesús Orte Jiménez, a quienes condeno a pagar a la actora la suma de 2.314,27 euros, más los intereses legales devengados por dicha suma desde la reclamación judicial, de 25 de noviembre de 2005, hasta su completo pago.
  Desestimo la demanda presentada por “Gunner, Sociedad Limitada”, representada por el procurador señor González Pontón, respecto de la reclamación ejercitada contra doña Cristina Orte Largo.
  Todo ello Civil con imposición a “Gunner, Sociedad Limitada” de las costas procesales causadas por doña Cristina Orte Largo y con imposición a los codemandados  “Eurotrafo, Sociedad Limitada” y don Jesús Orte Jiménez de las costas causadas por  la actora.
  Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de apelación, que se tramitará conforme a lo previsto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de don Jesús Orte Jiménez, se extiende la presente para que sirva de notificación de la presente sentencia.
  San Lorenzo de El Escorial, a 16 de julio de 2009..El secretario (firmado).
  (02/13.820/09)</texto>
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