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    <fecha_publicacion>2010/09/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Moralzarzal. Organización y funcionamiento. Modificación ordenanza municipal de prestación servicios públicos y procedimientos administrativos y del registro</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>222</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MORALZARZAL</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MORALZARZAL 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
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 Modificación ordenanza municipal de prestación servicios públicos y procedimientos administrativos y del registro 
  En virtud de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, transcurrido el plazo de treinta días hábiles desde la publicación del anuncio de aprobación inicial y exposición pública de la modificación de la ordenanza municipal de la prestación de servicios públicos y procedimientos administrativos y del registro de la Corporación, que se relaciona (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 65, página 111, de 18 de marzo de 2009), sin que se hayan presentado reclamaciones contra el acuerdo de aprobación provisional, adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 10 de marzo de 2009, queda redactada la ordenanza definitiva de la siguiente forma:
  Artículo 4.  Se añade un último párrafo del siguiente tenor:
  “La sede electrónica del Ayuntamiento de Moralzarzal será: www.moralzarzal.es”.
  Artículo 22.  Queda redactado del siguiente modo:
  “La identificación de los interesados en los procedimientos electrónicos que se tramiten se realizará por medio de firma electrónica avanzada (certificada)”.
  De conformidad con lo dispuesto en los artículos 56.1, 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Lo que se hace público para conocimiento y efectos oportunos, haciendo saber que, contra el presente acuerdo definitivo, los legítimamente interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en las normas reguladoras de dicha jurisdicción.
  Moralzarzal, a 2 de septiembre de 2010..El secretario general, Santiago Perdices Rivero.
  (03/33.617/10)</texto>
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