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    <titulo>– Villamanta. Régimen económico. Padrón impuesto actividades económicas 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>221</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villamanta</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VILLAMANTA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 101 
 Padrón impuesto actividades económicas 2010 
  Por resolución de Alcaldía número 431 de 2010, de 6 de agosto, se ha aprobado el padrón, junto con la matrícula provisional, del impuesto de actividades económicas correspondiente al ejercicio 2010, que permanecerán expuestos al público en las oficinas de este Ayuntamiento durante un plazo de veinte días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  La inclusión de un sujeto pasivo en la matrícula, así como su exclusión o alteración de cualquiera de sus datos en la misma, constituyen actos administrativos contra los que cabe interponer recurso de reposición ante el órgano de la Administración Tributaria del Estado (Administración o Delegación de Hacienda correspondiente) o reclamación económico-administrativa. Los plazos para la interposición de cualquiera de estos recursos serán, para el de reposición de un mes y para la reclamación económico-administrativa de quince días, contados ambos desde el día siguiente al del término del período de exposición pública de la matrícula.
  Por otro lado, el cobro en período voluntario de este impuesto abarca desde el 1 de octubre al 30 de noviembre de este año, ambos incluidos, pudiendo realizarse el pago en cualquier oficina de “Caja Madrid”, “Banco Guipuzcoano”, “Banesto” y “La Caixa de Pensiones de Barcelona”, en las cuentas corrientes restringidas a nombre de este Ayuntamiento, entre las fechas anteriormente referenciadas.
  El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber sido satisfecha la deuda correspondiente abrirá la vía ejecutiva, con el consiguiente recargo de apremio y de los intereses de demora.
  Lo que se hace público en cumplimiento de la legislación vigente y para general  conocimiento.
  En Villamanta, a 13 de agosto de 2010..El alcalde, don Pedro Luis Dorado del Álamo.
  (02/8.537/10)</texto>
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