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    <identificador>BOCM-20100913-13</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno</departamento>
    <rango>CORRECCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2010/09/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>Convocatoria contrato
– Corrección de errores de la Resolución de 3 de septiembre de 2010, por la que se hace pública la convocatoria del contrato por procedimiento abierto no armonizado del “Proyecto y obras de la planta embotelladora de Colmenar Viejo, línea de envasado y elementos auxiliares”</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>219</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>D) Anuncios</apartado>
    <organismo>Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno</organismo>
    <organismo>CANAL DE ISABEL II</organismo>
    <tipo_disposicion>CORRECCIÓN</tipo_disposicion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  D) Anuncios 
  VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO 
 CANAL DE ISABEL II
 
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 Corrección de errores de la Resolución de 3 de septiembre de 2010, por la que se hace pública la convocatoria del contrato por procedimiento abierto no armonizado del “Proyecto y obras de la planta embotelladora de Colmenar Viejo, línea de envasado y elementos auxiliares”. 
  Apreciado error tipográfico en la publicación de la citada Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 215, correspondiente al día 8 de septiembre de 2010, páginas 56 y 57 (número de inserción 01/4.057/10), se procede a su corrección en los siguientes términos:
  En la página 56, apartado 2.  “Objeto del contrato”:
  .	Donde dice:
  “b)	Plazo de ejecución: El plazo para la redacción del proyecto de construcción será de cuatro meses contados a partir de la fecha de la notificación de la adjudicación del contrato.
  	El plazo máximo de ejecución de las obras se fija en treinta meses contados a partir del día siguiente a la fecha de la firma del Acta de Comprobación de Replanteo”.
  .	Debe decir:
  “b)	Plazo de ejecución: El plazo para la redacción del proyecto de construcción será de dos meses contados a partir de la fecha de la notificación de la adjudicación del contrato.
  	El plazo máximo de ejecución de las obras se fija en doce meses contados a partir del día siguiente a la fecha de la firma del Acta de Comprobación de Replanteo”.
  (03/34.324/10)</texto>
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