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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2010/09/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 2. Procedimiento ordinario 350 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>215</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 2 
 EDICTO
 
 163 
 Procedimiento ordinario 350 de 2008 
  Doña María Luisa Ortega Garrido, secretaria del Juzgado de primera instancia número 2 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 350 de 2008 se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 34
  En Madrid, a 22 de febrero de 2010..Vistos por doña Cristina Fernández Gil, magistrada-juez de primera instancia del Juzgado número 2 de Madrid, los presentes autos del juicio ordinario número 350 de 2008, promovidos por “El Encinar del Alberche, Sociedad Anónima”, representado por la procuradora doña Reyes Virginia García de Palma y asistida por el letrado don David de Palma, contra don Manuel García Blázquez, declarado en rebeldía.
  Fallo
  Que desestimando la demanda de juicio ordinario sobre resolución de contrato formulada por “El Encinar del Alberche, Sociedad Anónima”, representado por la procuradora doña Reyes Virginia García de Palma y asistida por el letrado don David de Palma, contra don Manuel García Blázquez, declarado en rebeldía, debo absolver y absuelvo al demandado de las pretensiones contra él formuladas, imponiendo las costas a la parte actora.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación en el plazo de cinco días a partir de su notificación ante este Juzgado y para ante la Audiencia Provincial de Madrid.
  Y como consecuencia del ignorado paradero del demandado rebelde don Manuel García Blázquez, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  En Madrid, a 6 de julio de 2010..La secretaria (firmado).
  (02/8.020/10)</texto>
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