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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>BREA DE TAJO</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/09/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Brea de Tajo. Organización y funcionamiento. Juez de paz, titular y sustituto</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>215</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Brea del Tajo</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE BREA DE TAJO 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 105 
 Juez de paz, titular y sustituto 
  Don Rafael Barcala Gómez, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Brea de Tajo.
  Hago saber: Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas juez de paz, titular y sustituto de este municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los jueces de paz.
  Que se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.
  Que en la secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etcétera.
  Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando el acuerdo al Juzgado de primera instancia del partido.
  Lo que se publica para general conocimiento.
  En Brea de Tajo, a 19 de agosto de 2010..El alcalde-presidente, Rafael Barcala Gómez.
  (03/33.272/10)</texto>
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