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    <titulo>Madrid número 2. Demanda 507 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 76 
 Demanda 507 de 2009 
  Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial en sustitución del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 507 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Lucía Gómez de la Serna y Adrada, contra don Francisco Emilio Torres Álvarez, don José Carlos Ruis Sánchez Murillo, don Fernando Suárez Lozano, “Tecsa”, Fondo de Garantía Salarial e “IG Investiga Estudios de Opinión y Mercado, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado providencia del tenor literal siguiente:
  Se acusa recibo de los autos remitidos por el Tribunal Superior de Justicia con testimonio de la resolución dictada por la Sala, y conforme lo dispuesto por el Tribunal Superior, se acuerda poner en conocimiento de las partes la llegada de los autos, así como unir a los mismos la pieza de ejecución provisional número 179 de 2009.
  Transfiérase al Tesoro Público la cantidad de 150,25 euros consignados en su día para recurrir.
  Queda a disposición de doña Lucía Gómez de la Serna y Adrada, una vez sea firme la presente resolución, la cantidad de 46.802,25 euros en concepto de indemnización, debiendo comparecer persona con poder suficiente de cobro en la Secretaría de este Juzgado. Los días de pago son los lunes y martes, en horario de nueve a catorce.
  Se le requiere a “Fopisa Propiedad Inmobiliaria, Sociedad Anónima”, a fin de que en el plazo de cuatro días consigne en la cuenta de este Juzgado abierta en “Banesto” con el número 2500/0000/00/0507/09 la cantidad de 350 euros en concepto de minuta de letrado impugnante del recurso de suplicación.
  Asimismo, comuníquese al Juzgado de lo social número 10 de Madrid la existencia de un sobrante por importe de 38,64 euros a fin de que en el plazo de cinco días soliciten su remisión.
  Notifíquese esta resolución a las partes.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla.
  Si quien recurre en reposición no ostenta la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, ministerio fiscal, Estado, Comunidad Autónoma, Entidad Local u organismo autónomo dependiente de aquellos vendrá obligado a consignar como depósito en la cuenta bancaria de este Juzgado abierta en “Banesto” con el número 2500 la cantidad de 25 euros, como requisito necesario para la admisión a trámite del recurso de reposición, lo que deberá acreditarse mediante el correspondiente resguardo de ingreso al tiempo de presentar el recurso de reposición (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, según redacción dada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “IG Investiga Estudios de Opinión y Mercado, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 2 de agosto de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/32.848/10)</texto>
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