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    <titulo>– Cercedilla. Régimen económico. Expediente de modificación de crédito extraordinario</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Cercedilla</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE CERCEDILLA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
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 Expediente de modificación de crédito extraordinario 
  Visto el acuerdo inicial del Pleno de 4 de marzo de 2010, sobre expediente de modificación de crédito con la modalidad de crédito extraordinario financiado mediante anulaciones o de bajas créditos de otras partidas del presupuesto vigente no comprometidas para la adquisición de sistema de control personal, horario de trabajo y adquisición de mobiliario urbano, publicado el 31 de marzo del año en curso, no habiendo presentado alegaciones al respecto durante el período establecido, y vista la providencia de Alcaldía para elevar dicho acuerdo a definitivo de conformidad con el artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley de las Haciendas Locales, por remisión del artículo 177.2, la presente modificación se entiende definitivamente aprobada. Con las siguientes altas y bajas en las partidas de gastos.
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  Cercedilla, a 13 de agosto de 2010..El alcalde-presidente, Eugenio Romero Arribas.
  (03/33.096/10)</texto>
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